Nueva Ley Orgánica refuerza la protección de las Áreas Protegidas en Ecuador

El 14 de julio de 2025 se publicó en el Registro Oficial la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas, un cuerpo normativo que busca transformar la manera en que el Estado ecuatoriano gestiona, financia y protege estos territorios fundamentales para la biodiversidad y el desarrollo sostenible. Esta ley surge en respuesta a la necesidad urgente de consolidar un sistema de conservación ambiental eficiente y con participación local, en armonía con los principios constitucionales de respeto a la naturaleza y al buen vivir.

Fundamentos constitucionales y objetivos de la ley

La Constitución del Ecuador reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos, y ordena al Estado proteger el patrimonio natural y garantizar a la ciudadanía el derecho a un ambiente sano y equilibrado. En ese marco, la nueva ley tiene como objeto establecer mecanismos económicos, administrativos y sociales que garanticen la sostenibilidad ambiental y financiera del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP).

Su finalidad es doble: asegurar la conservación de los ecosistemas y especies, y fomentar el desarrollo económico local sostenible, mediante un modelo de gestión participativo que involucre a comunidades, pueblos indígenas y la sociedad civil.

Aspectos clave contemplados

1. Creación de una nueva institucionalidad

La ley dispone la creación del Servicio Nacional de Áreas Protegidas, un ente público con autonomía administrativa, técnica y financiera. Este organismo será responsable de regular, controlar y sancionar las actividades dentro de las áreas protegidas. Estará bajo la rectoría del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.

Además, se establece que la gestión podrá llevarse a cabo directamente por el Estado o mediante alianzas con gestores privados, siempre que estas no impliquen la privatización de los territorios protegidos.

2. Financiamiento sostenible

Uno de los elementos innovadores de esta ley es la habilitación para constituir fideicomisos públicos, los cuales podrán captar recursos de donaciones, préstamos, tarifas o ingresos generados dentro del SNAP. Esta figura busca asegurar flujo financiero constante y transparente para las labores de conservación.

3. Intervención para garantizar la seguridad

En caso de amenazas como la presencia de grupos criminales en zonas protegidas, la ley permite solicitar la intervención temporal de la Policía Nacional o Fuerzas Armadas. Esta intervención deberá estar sujeta a protocolos estrictos y coordinación con la autoridad ambiental.

4. Actividades permitidas en las áreas protegidas

Se permiten diversas actividades que no afecten la integridad de los ecosistemas, tales como: 

  • Turismo ecológico y recreativo.
  • Educación ambiental.
  • Investigación científica.
  • Proyectos de restauración, guianza, infraestructura sostenible y servicios turísticos regulados.

No obstante, se prohíbe tajantemente la explotación de recursos no renovables, como minería o hidrocarburos, dentro de estas áreas.

5. Participación comunitaria

La ley reconoce el derecho de comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas a participar en la gestión de las áreas protegidas. Se prevé la firma de convenios de uso temporal de espacios e infraestructura, para que estas colectividades puedan ofrecer servicios relacionados con el turismo o la conservación, sin que esto implique propiedad o exclusividad sobre el territorio.

Beneficios económicos y tributarios contemplados

La ley no se limita a la conservación ambiental, sino que incluye mecanismos concretos de alivio económico y fomento a la economía local, como los siguientes:

Remisión de deudas en pesca artesanal

Se condonan totalmente los cánones, intereses y multas adeudadas por pescadores artesanales en puertos o instalaciones estatales.

Remisión de deudas con la CFN

Las personas (naturales o jurídicas) con créditos vencidos con la Corporación Financiera Nacional (CFN) pueden acceder a una remisión de intereses, multas y costas judiciales. Para acogerse, deben:

  • Solicitarlo hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • Realizar un pago inicial del 10 % del capital.
  • Firmar un convenio de pago de hasta 24 o 36 meses, según el monto de la deuda.

Quedan excluidos de este beneficio autoridades de elección popular, altos funcionarios públicos y sus familiares cercanos.

Condonación de deudas de empresas públicas en liquidación

Se habilita la dación en pago con bienes embargados y la condonación de deudas que estas empresas mantengan con entidades estatales, con el fin de cerrar adecuadamente estos procesos y facilitar nuevas inversiones en áreas protegidas.

Otras disposiciones importantes

  • Profesionalización de guardaparques: Se prioriza su titulación técnica y la incorporación de personas de comunidades locales. 
  • Modificaciones legales adicionales: Se reforman varias leyes para facilitar la implementación de esta ley, entre ellas:
    • Ley de Movilidad Humana: se amplía el tiempo de permanencia legal de turistas.
    • Ley de Aviación Civil: se reconocen certificados de operación de aerolíneas extranjeras.
    • Ley de Reforma Tributaria: se exonera del impuesto a vehículos eléctricos particulares (excepto motos).
    • Ley del Servicio Público: se reduce la edad para jubilación anticipada de 65 a 60 años.

Esta ley constituye un esfuerzo por articular protección ambiental, justicia territorial y desarrollo económico. Sin embargo, su aplicación exigirá vigilancia ciudadana y transparencia institucional, especialmente en lo que se refiere a los mecanismos de participación, el respeto a los derechos colectivos y la gestión financiera de recursos públicos.


Camilla Mendieta

Abogada | Asociada

Canessa Barriga Abogados


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